FACULTAD DE DERECHO
GARCIA SERRANO HEFZIBA MISHEL
INTRODUCCIÓN:
El propósito de las Leyes de Reforma fue principalmente la separación entre la Iglesia y el Estado, la nacionalización de los bienes del clero, la extinción de las corporaciones eclesiásticas, la secularización de los cementerios y fiestas públicas y por último la promulgación de la libertad del culto.
DESARROLLO:
El 7 de julio de 1859, en el puerto de Veracruz el presidente Benito Juárez expidió el paquete legislativo que hoy en día conocemos como “Leyes de Reforma” su objetivo principal era la separación de la Iglesia y el Estado, pues en el México de esa época el poder era bastante fuerte e influía en las decisiones más importantes de la política nacional para favorecer por completo a los conservadores.
Ahora bien, entre las leyes más importantes se encuentran: la de ocupación de bienes eclesiásticos, la cual declaró que el matrimonio era un contrato civil, eliminando la intervención forzosa de los sacerdotes en el mismo acto, así como la ley del registro civil por la que la prueba del estado civil de las personas quedaba a cargo de empleados de gobierno, la ley que secularizó los cementerios, así como también la que suprimió casi todas las festividades religiosas como los ejemplos citados anteriormente y por último aquella que estableció la libertad de cultos.
En esa tesitura, las “Leyes de Reforma” constituyen una etapa fundamental en la construcción del Estado Mexicano ya que, por virtud de las mismas, se separa la Iglesia del Estado y se reivindican atribuciones y facultades de éste como poder social único y legítimo.
Leyes de Reforma.
El congreso constituyente fue convocado el día 16 de octubre del año de 1885, iniciando sus proyectos el 14 de febrero del año 1856. El número de diputados que integraron el Congreso fue de 155, la mayoría de estos diputados eran liberales moderados y sólo una pequeña fracción conservadores.
Es importante saber que a las “Leyes de Reforma” también se les conocía por el nombre de los ministros impulsores de las mismas.
Dentro de estas leyes encontramos las siguientes:
- Ley de Nacionalización de los Bienes Eclesiásticos del 12 de julio de 1859, complementa a la Ley Lerdo, con un cambio importante: los bienes ya no pasaban a manos del clero y declara que habrá perfecta independencia entre los negocios del Estado y los negocios puramente eclesiásticos.
- Ley de Matrimonio Civil del 23 de julio de 1859, “El matrimonio es un contrato civil que se contrae lícita y válidamente ante una autoridad civil y, para que este acto sea válido, bastará que los contrayentes, previas las formalidades que establece la ley, se presenten ante aquella y expresen libremente la voluntad que tienen ambas partes de unirse en matrimonio.
- Ley Orgánica del Registro Civil del 28 de julio de 1859. El registro del estado civil de las personas quedaba a cargo de empleados de gobierno, no de la Iglesia. Se establecen en toda la Republica funcionarios que se llamarán “Jueces del estado civil”, los cuales tendrán a su cargo la averiguación y modo de hacer constar el estado civil de todos los mexicanos y extranjeros residentes en el territorio nacional por cuanto concierne a su nacimiento, adopción, arrogación, reconocimiento, matrimonio y fallecimiento.
- Ley sobre la Libertad de cultos del 4 de diciembre de 1860, la cual permitió a cada persona practicar y elegir el culto que deseara con toda la libertad, así como también prohibió la realización de ceremonias fuera de las iglesias o templos, cabe destacar, que esta ley se expidió casi al finalizar la guerra y cuando el triunfo de los liberadores era un hecho.
Años más tarde al regresar el gobierno a la capital de la República se dictaron dos decretos que sumaban a la reforma en el aspecto de la relación Iglesia- Estado.
- El decreto del 16 de febrero de 1861 este se creó para la salida de aquellos religiosos que ahí vivían, que mandaban a extinguir las comunidades relacionadas con la religión, excepto las de las llamadas Hermanas de la Caridad.
- Decreto del 2 de febrero de 1861 por el cual se secularizaron los hospitales y establecimientos que beneficiaban.
Posteriormente se estableció el registro civil y con este mismo nacieron dos muy importantes precedentes como son: el reconocimiento oficial de un nuevo ciudadano mexicano y el contar con datos oficiales de los movimientos naturales de la población como, por ejemplo; crecimiento, matrimonio, y migración.
Por último, con la muerte de Benito Juárez, Lerdo de Tejada tomó la titularidad del poder ejecutivo y al tomar la posesión se comprometió a hacer cumplir las “Leyes de Reforma” y elevarlas jerárquicamente al incluirlas en la Constitución y, así lo cumplió con las adiciones y reformas a la Constitución del 25 de septiembre de 1873.
CONCLUSIÓN:
En conclusión, está claro que las leyes están en constante cambio, extinción y creación, todo esto de acuerdo a las necesidades de la sociedad, el objetivo principal de las “Leyes de Reforman” fue establecer principalmente la separación de la Iglesia- Estado, reconocieron la libertad de cultos y hubo una resolución sobre la acumulación de bienes y propiedades en manos del clero, en fin, se logró el objetivo, construyendo de esta manera una etapa sumamente importante y fundamental en la formación del Estado Mexicano.
Pienso que si no hubiera sido por el presidente Benito Juárez y los hombres que le siguieron, difícilmente podríamos estar hablando de un México independiente, ya que las “Leyes de Reforma” tuvieron principios inalienables, crearon instituciones básicas para la patria civil y consolidaron derechos fundamentales los cuales siguen estando vigentes hasta el día de hoy para el propio Estado.
Es importante exigir que estas mismas se cumplan con dichas disposiciones pues, como todos sabemos, algunas de ellas se violan reiteradamente y las modificaciones que los diversos gobiernos les han dado, a veces en lugar de que signifique un avance ha generado un retroceso.
En cuanto a las acciones de la Iglesia católica, se observa que sigue pretendiendo involucrarse en los asuntos de Estado, así como en la política, sin entender que su papel y sus acciones están limitadas únicamente a los templos.