ENSAYO PARA CONMEMORAR LA CONSTITUCIÓN DE 1917.
Silva Lemus Luis Rubén
En el presente ensayo se pretende realizar un resumen breve de lo que significa la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, así como sus antecedentes, funciones e importancia de esta misma. Debido a lo trascendental que significa para la vida de un Estado de Derecho cada una de estas características, no resulta sencillo dar una definición general; sin embargo se puede adelantar que es este el pilar fundamental de toda Sociedad organizada.
INTRODUCCIÓN
Todo lo anterior resulta porque dentro de este compilado de hipótesis normativas se encuentran fundamentados valores jurídicos esenciales como la Supremacía, Soberanía, Democracia, Igualdad, Justicia, Equidad y Respeto, por mencionar algunas. Estos pilares en conjunto tienen como finalidad principal regir el comportamiento del ser humano en sociedad, haciendo valer con ello ese Estado de Derecho.
La forma en como las constituciones alcanzan ese estado máximo es mediante la estructuración dogmática y orgánica de aquella doctrina estatal denominada, división de poderes; es decir determinando las facultades y restricciones que tanto el Ejecutivo, Legislativo y Judicial han de tener. De la misma forma ellas deben de poseer como esencia o espíritu la institucionalización de los Derechos Humanos, así como los mecanismos legales que les den certeza, protección y en su defecto, reivindicación.
De tal suerte que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (CPEUM) al poseer estos elementos y características tiene una titánica labor material, puesto que en la medida en que en la realidad no se vean reflejadas estos ideales, se irá acercando cada vez más a un Estado en donde el imperio de la Justicia sólo es una utopía.
Por tanto y para lograr esa materialización es que se requieren análisis como el que aquí se ha llevado a cabo, pues estos fungen la labor de la crítica y de la retroalimentación; ejercicios analíticos que auxilian en la evolución de la realidad de toda sociedad, como lo es en este caso, la mexicana.
DESARROLLO
Con respecto al primer punto, comencemos hablando de los antecedentes históricos que tienen nuestra Constitución. En 1916, el mandatario en turno, Venustiano Carranza, impulsó la idea de convocar a un Congreso constituyente, en aras de que a través de este, se concretasen ciertas modificaciones al Documento magno del año 1857. La integración de este Cuerpo la encabezó Francisco Mujica, Esteban Baca Calderón, Heriberto Jara, Cándido Aguilar, Juan de Dios Bojórquez, y Rafael Martínez de Escobar, entre algunos otros estudiosos.
Dentro de las labores de este Constituyente se tuvo como primordial encargo agregar a ese nuevo compendio normativo fundamental todos los temas de suma relevancia como los temas relacionados con la educación, la propiedad y comunidad de la tierra y los derechos para los trabajadores. Estos ideales se vieron consolidados dentro del artículo tercero, artículo vigésimo séptimo y centésimo vigésimo tercero, respectivamente.
Gracias estos numerales se vieron incorporadas dentro de la ideología nacional las tendencias jurídicas relativas a los Derechos sociales; que icho sea de paso, en el mundo empezaban a tener auge. La consolidación de estos matices dentro del Documento del 57 permitiría la adopción de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917, cuya entrada en vigor se daría tiempo después a su promulgación, en Mayo del mismo año.
A partir de entonces y hasta la época actual este Documento ha sufrido notorios cambios. Ellos, en su mayoría, han sido logrados por los estudioso del constitucionalismo, quienes independientemente del dinamismo social, han logrado que en él se fundamenten los ideales de justicia, democracia, libertad, respeto y equidad.
Si bien es cierto que a pesar de que la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917 concentra esa serie de valores jurídicos fundamentales, aún existen desviaciones materiales que atentan contra la filosofía de cada uno de ellos. Esto que se comenta en el párrafo anterior se deduce de la cotidiana forma en la que dentro de nuestra realidad actual se vienen violentando derechos humanos.
Así entonces, la facilidad con la que, tanto ordenes de Gobierno, como particulares entre sí vulneran esos esfuerzos logrados por el Poder constituyente, hace que surjan cuestionamientos como, ¿En verdad se ha logrado una evolución estos últimos 105 años de edad de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917? ¿Sólo se ha tratado de una simple moda jurídica? ¿Aún existe un Consitucionalismo en México al cual celebrarle aualmente?
CONCLUSIÓN
Por lo que a la parte Dogmática de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos se trata, ella es, sin lugar a dudas, uno de los Documentos Magnos con mayores ideas liberales en el mundo. Independientemente de lo joven que con respecto a otros compilados de Derechos y obligaciones existentes en el mundo ella es, se puede decir que es concreta y clara en cuanto a su intención por hacer valer el Estado de Derecho.
Tristemente lo positivo que puede resultar a ser lo que se menciona en el argumento que antecede, ello se ve opacado por el contexto tan desafortunado que sin importar los 105 años de constitucionalismo nacional, México vive. Un Estado que aspira, como en este caso nuestra Nación, a hacer del Imperio de la Justicia su naturaleza, no puede permitir que la impunidad sea el eje de sus actuaciones.
En suma, para salir de ese limbo en el que el Sistema Jurídico mexicano se encuentra, corresponde que los titulares de los tres Poderes de la Unión, sus estructuras orgánicas y a la ciudadania, la labor de sumar, desde el ejercicio de sus obligaciones y derechos a la causa mencionada. Mediante la responsable e intelectual participación de los ya mencionados, la sociedad mexicana puede alcanzar ese imperio de justicia.
Es por ello que se hace una invitación a todos los individuos que se encuentran dentro de la nación mexicana a que tengan la disposición por conocer su Constitución. De de esta manera tendrán los conocimientos para fungir como un mecanismo evaluador del Ente de gubernamental, y ahora sí, tener motivos reales por los cuales celebrar al Constitucionalismo mexicano sus años de vida.
BIBLIOGRAFÍA
- Importancia de la Constitución de 1917 (2017) Video. Miguel Carbonell. YouTube
- La Constitución en México: historia y perspectivas (2017) Video. Miguel Carbonell. YouTube
- Morales Adriana (2019) Revolución Mexicana, TodaMateria. Consultado en: https://edomex.gob.mx/revolucion_mexicana_2021 (07 de febrero de 2022)
- Cámara de Diputados H. Congreso de la Unión (s.f.–) Nuestro Siglo- El gobierno de Madero y la XXVI Legislatura, Cámara de Diputados H. Congreso de la Unión. Consultado en: https://www.diputados.gob.mx/museo/s_nues1.htm (07 de febrero de 2022)